Honduras
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Responsable
Datos de contacto
Información que procesa/servicios
- Sistematización y análisis de Resoluciones de la Corte Suprema de Justicia
- Acordadas/Acuerdos/Actas/Autos Acordados/Resoluciones/Instrumentos Normativos (no jurisdiccionales), en coordinación con la Secretaría General de la CSJ
- Incorporación, sistematización y consolidación de Legislación
- Revista Gaceta Judicial
- Consultas
- Atención a usuarios internos (Magistrados, Directores, funcionarios y empleados judiciales) y externos (Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Ministerio Público, abogados, estudiantes, ciudadanía en general).
- Otros:
- Entrenamiento en el uso de las bases de datos a usuarios internos y externos, universidades, Escuela Judicial, etc.
- Publicación de la Memoria Anual del Poder Judicial.
- Publicación de Boletines Estadísticos.
Página Web
Links útiles
Sistema de Indexación Jurisprudencial:
http://www.poderjudicial.gob.hn/ConsultaHN/Inicio.aspx
Portal de Transparencia:
http://www.poderjudicial.gob.hn/transparencia/Paginas/default.aspx
Legislación:
http://www.poderjudicial.gob.hn/CEDIJ/Leyes/Documents/Leyes-CEDIJ.pdf
Publicaciones (Memoria Anual, Boletines Estadísticos)
http://www.poderjudicial.gob.hn/CEDIJ/Paginas/Publicaciones.aspx
¿Administra la oficina algún tipo de tesauro?
- Constitucional
- Penal
- Civil
- Laboral
- Contencioso Administrativo
¿Posee su país ley de acceso a la información?
- Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, (Decreto Legislativo No. 170-2006)
- Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Acuerdo IAIP-0001-2008)
Protección de datos. ¿Se anonimizan los datos de las personas en las resoluciones? ¿Existe normativa?
Parcialmente, ya que la Ley de Protección de Datos Personales de Honduras está en proceso de presentación ante el Congreso Nacional de Honduras; sin embargo la protección de datos se realiza en función de los siguientes fundamentos de derecho:
- Constitución de la República de Honduras: Artículo 76. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal, familiar y a la propia imagen.
- De forma literal la protección de datos de los menores de acuerdo al Código de la Niñez y Adolescencia que expone lo siguiente:
- Artículo 180-B. Sin perjuicio de otros contenidos en este Código, son principios rectores de El Sistema, los siguientes:
- Confidencialidad: Son confidencial los datos sobre los hechos cometidos o supuestamente cometidos por el Niño(a). En todo momento, debe respetarse su identidad e imagen. El Juez garantizará que la información que se brinde sobre estadísticas judiciales, no contravenga este principio ni el derecho a la intimidad.
- Artículo 32. Ningún niño o niña será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida, dignidad y honor así como en su domicilio, correspondencia y demás datos personales. En consecuencia, se prohíbe:
- Exponer, difundir o divulgar sus nombres y apellidos u otros datos personales informaciones o imágenes en los medios de comunicación masiva o electrónica, que les identifiquen, directa o indirectamente así como cuando se les considere responsable o víctima de una infracción de la ley, y,
- La publicación, reproducción, exposición, venta o distribución y la utilización en cualquier otra forma de sus expresiones e imágenes de niños y niñas presuntamente infractores de la Ley.
- Artículo 34. Los medios de comunicación social están obligados a respetar la intimidad y la vida personal de los niños. No podrán, en consecuencia, publicar entrevistas, informes, noticias o datos que se relacionen con aquélla o con la de su familia o la de sus relaciones sociales si de cualquier modo pueden afectar su honra. La contravención de esta norma se sancionará en la forma prevista en el artículo 32, anterior.
Protección de datos. ¿Existe metodología o software para realizar la anonimización?
Sí. La metodología utilizada para la anonimización se realiza de forma manual, revisión en Word y eliminación de nombres completos, dejando únicamente las iniciales en sentencias penales y eliminación total de nombres en sentencias de casos de menores.
Acceso a las bases de datos es:
¿Tiene estructurado el documento sentencia?
Sí. (ver anexo I)